Tribunales nacionales y respaldo a la legitimidad y la fuerza vinculante de las decisiones del Comité de Libertad Sindical de la OIT

Tribunales nacionales y respaldo a la legitimidad y la fuerza vinculante de las decisiones del Comité de Libertad Sindical de la OIT

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En la sentencia 28-19-AN, del 29 de septiembre de 2021, la Corte Constitucional de Ecuador reconoció que el Estado ecuatoriano está legalmente obligado a respetar las recomendaciones adoptadas por el Comité de Libertad Sindical y aprobadas por el Consejo de Administración de la OIT. A partir de este reconocimiento, la Corte Constitucional de Ecuador ordenó al Estado ecuatoriano a cumplir inmediatamente una recomendación emitida por el Comité de Libertad Sindical en el marco del caso 2684 y a establecer un procedimiento reglado para cumplir adecuadamente con las decisiones de organismos internacionales de derechos humanos. Escrito por Carlos Ledesma.

El caso 2684 se basó en una queja presentada en 2008 por la Federación Nacional de Trabajadores de la Empresa Estatal del Petróleo de Ecuador (FETRAPEC) y la Internacional de Servicios Públicos (ISP) contra el gobierno de Ecuador por violación de los Convenios 87 y 98 de la OIT, ambos ratificados por Ecuador.

Gracias a esta histórica decisión, cuatro dirigentes sindicales ecuatorianos injustamente despedidos obtuvieron una reparación luego de muchos años de lucha legal contra la vulneración de sus derechos. Además, con el establecimiento de un procedimiento reglado para cumplir con las decisiones del Comité de Libertad Sindical, se espera que otros casos en Ecuador relativos a agresiones a la libertad sindical puedan obtener justicia y reparación.

Una jurisprudencia similar ha sido desarrollada por la Corte Constitucional de Colombia, la cual ha sostenido que las recomendaciones del Comité de Libertad Sindical, aprobadas por el Consejo de Administración de la OIT, “no son meras directivas, guías u orientaciones que debe seguir el Estado colombiano, sino que constituyen una orden vinculante expresa para el Estado y cada uno de sus
órganos”.

Estas decisiones jurisprudenciales constituyen un respaldo institucional a la legitimidad y la fuerza vinculante de las decisiones del Comité de Libertad Sindical y un avance notable en la protección efectiva de los derechos sindicales a nivel nacional. Asimismo, estas decisiones jurisprudenciales evidencian que los tribunales nacionales son una fuerza institucional con capacidad y autoridad para
reconocer la obligatoriedad de las recomendaciones del Comité de Libertad Sindical.

Estos ejemplos pueden ser una referencia para otros tribunales judiciales de América Latina y el Caribe así como para tribunales judiciales de otras regiones y pueden influir en la renovación del abordaje doctrinal acerca de las fuentes del derecho internacional y la interacción entre los sistemas jurídicos internacionales y nacionales.

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Acceda al texto en inglés en International Labor Rights Case Law Volume 8 Issue 2 (2022) (brill.com).