CorteIDH condena a Costa Rica por despedir a funcionario debido a su discapacidad

La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró la responsabilidad internacional del Estado de Costa Rica por haber violado los derechos humanos de Luis Fernando Guevara Díaz, un funcionario interino del Ministerio de Hacienda despedido en 2003 debido a su discapacidad. La denuncia fue presentada por el Sindicato de trabajadores y trabajadoras del Ministerio de Hacienda- SINDHAC

La sentencia, tornada publicada el 13 de septiembre, notificó oficialmente que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por unanimidad, determinó que el Estado costarricense cometió actos de discriminación en el acceso y permanencia en el empleo, y, por lo tanto, una violación al derecho a la igualdad ante la ley, a la prohibición de discriminación y al derecho al trabajo; así como violaciones a los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial de Luis Fernando Guevara Díaz. En consecuencia, la Corte concluyó que el Estado es responsable por la violación de los artículos 24, 26, 8.1 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en relación con el artículo 1.1 del mismo instrumento.

El secretario general del Sindicato de trabajadores y trabajadoras del Ministerio de Hacienda- SINDHAC, Lic. Carlos Manuel Navarro Gutiérrez, inició la defensa, a favor de Luis Fernando Guevara Díaz, quien tuvo sus reclamos administrativos presentados, los cuales se originaron obviamente en este Ministerio de Hacienda, rechazados. Además de un Recurso de Amparo, la justicia costarricense no fue suficiente para darse cuenta de estas actuaciones discriminatorias de la que fue víctima Guerra.

Es así se inició el proceso de denuncia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual, a pesar de ser una lucha de muchos años, se dicta la sentencia a favor de Luis Fernando.  En ese lapso, SINDHAC, filiado a la Internacional de Servicios Públicos - ISP, estuvo presente en reuniones, defensas y escritos, que dieron resultados justos y fructíferos a favor de la justicia ante estos actos.

El Caso

Luis Fernando Guevara Díaz es una persona con discapacidad intelectual, nombrado ll 4 de junio de 2001 de manera interina en el puesto de Trabajador Misceláneo por el Ministerio de Hacienda. Posteriormente, la Unidad Técnica de Recursos Humanos del Ministerio instauró el concurso para obtener la propiedad del puesto. Guevara participó en dicho concurso, y obtuvo la nota más alta en las evaluaciones realizadas, pero no fue seleccionado para el puesto. Por esta razón, su nombramiento como funcionario interino para el puesto cesó el 16 de junio de 2003. Debido a ello, Guevara presentó un “recurso de revocatoria con apelación en subsidio y nulidad absoluta” contra la decisión que lo cesó en su cargo, alegando actos de discriminación en el trabajo. El recurso fue declarado sin lugar por el Oficial Mayor y Director General Administrativo y Financiero del Ministerio, quien expresó que se siguieron todos los parámetros establecidos por el ordenamiento jurídico para este tipo de concursos. Guevara interpuso un recurso de amparo, el cual fue rechazado. La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia consideró que el procedimiento seguido en el proceso de contratación cumplió con todos los parámetros establecidos en la ley para casos como el presente.

La Corte determinó como medidas de reparación integral la restitución del puesto, el pago de indemnizaciones compensatorias, la satisfacción del Estado sobre la sentencia, o sea, que se haga publico el caso y la garantía de no repetición.

"La Corte Interamericana de Derechos Humanos supervisará el cumplimiento íntegro de la Sentencia, en ejercicio de sus atribuciones y en cumplimiento de sus deberes conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y dará por concluido el caso una vez que el Estado haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en la Sentencia".

Resumen Oficial emitido por la Corte Interamericana