Cómo los sindicatos de la ISP reconfiguraron la política a favor de lxs trabajadores de la salud en el Tratado sobre Pandemias

Escribiendo a sus gobiernos, celebrando reuniones y participando en comités de expertos, las afiliadas de la ISP lograron dar nueva forma al artículo sobre lxs trabajadores de la salud y cuidados en el Tratado sobre Pandemias. El impacto fue dramático: mientras que el borrador cero de febrero de 2023 contenía sólo 2 de nuestras 10 demandas clave, el texto presentado a la 74ª AMS incluía casi todas ellas.

La 78ª Asamblea Mundial de la Salud aprobó el Tratado sobre Pandemias el 20 de mayo de 2025, tras más de tres años de negociaciones en un complejo contexto político marcado por la retirada de EE.UU. de la OMS.

El acuerdo representa una importante victoria para lxs trabajadores de la salud, fruto de la movilización de las afiliadas a la ISP que lograron transformar radicalmente las disposiciones relativas a lxs trabajadores de la salud y cuidados.

Sin embargo, el texto sigue siendo insuficiente en cuestiones de equidad, ya que los artículos sobre investigación y desarrollo, producción diversificada y transferencia de tecnología carecen de medidas vinculantes, lo que mantiene el statu quo que perpetúa las desigualdades en el acceso a las tecnologías de salud entre los países del Norte y del Sur.


La 78ª sesión de la Asamblea Mundial de la Salud (AMS) aprobó el Tratado sobre Pandemias en la mañana del 20 de mayo de 2025. La Oficina Intergubernamental de Negociación (INB) presentó el texto final a la AMS tras más de tres años de negociación y más de 20 sesiones oficiales de negociación. El Acuerdo sobre Pandemias es un hito en la salud mundial. Es sólo el segundo instrumento vinculante adoptado por la OMS en su historia.

El momento histórico en que se ha producido es especialmente relevante. El multilateralismo como sistema de gobernanza de la salud mundial lleva varios años amenazado, con el ascenso de gobiernos de extrema derecha y el creciente poder de las corporaciones, que presionan cada vez más para poner sus intereses en el centro de las políticas de salud globales.

A partir de febrero, desde que Donald Trump asumió su segundo mandato como presidente de Estados Unidos, el contexto político se volvió aún más complejo y delicado. Trump viene poniendo en práctica una serie de acciones que están reconfigurando el mundo o el multilateralismo. Trump va a por los sistemas de gobernanza global. Los EE.UU. están aumentando los aranceles de una amplia gama de productos a prácticamente todos los países del mundo y, por lo tanto, desmantelando el sistema de comercio en práctica desde principios de los años 90.

En cuanto a la gobernanza de la salud mundial, Trump anunció que Estados Unidos se retiraría de la OMS y, por tanto, dejaría de financiar la organización. EEUU era responsable del 18% de la financiación de la OMS y esta decisión pone en juego el futuro mismo de la OMS como principal organización de la salud del mundo.

La división Sur-Norte

Desde los primeros meses de 2022, cuando comenzaron las negociaciones, el principal motor fue el impulso político creado por las desigualdades en el acceso a las vacunas y otras tecnologías de salud durante la pandemia de COVID-19. Sin embargo, los países del Norte global siempre han defendido los intereses de las corporaciones farmacéuticas desde el día en que comenzaron las negociaciones. Por un lado, los países del Sur global presionando para que se adopten medidas vinculantes que promuevan la transferencia tecnológica, el fortalecimiento de la capacidad de producción, la suspensión de las normas de propiedad intelectual y un Sistema de Acceso a Patógenos y Distribución de Beneficios justo; por otro, los países del Norte global defendiendo el mantenimiento del status quo que condujo a la tragedia de las desigualdades en el acceso a las tecnologías de salud durante la pandemia COVID-19, así como sistemas de vigilancia más fuertes, con mecanismos de alerta temprana. Esto creó, como era de esperar hasta cierto punto, un punto muerto entre los países del Norte global y los del Sur global.

Otros puntos de las negociaciones fueron igualmente relevantes, como el artículo sobre el personal de la salud y cuidados. El primer documento publicado por la Mesa no contenía más que algunas disposiciones sobre la formación y el despliegue de trabajadores durante las emergencias, y la creación de una especie de mano de obra "internacional" que pudiera ayudar a los países en momentos de emergencia.

El papel clave de las afiliadas a la ISP

La ISP y sus afiliadas desempeñaron un papel crucial en la mejora del texto relativo al personal de la salud y cuidados. Partiendo de un texto que estaba por debajo del mínimo, las acciones de movilización, organización y promoción de las afiliadas de la ISP cambiaron el texto en gran medida y radicalmente, incluyendo varias medidas clave identificadas por esas mismas afiliadas, durante las consultas organizadas por la ISP durante 2022 y 2023.

En el cuadro siguiente se pueden ver las reivindicaciones identificadas y su presencia o no en la versión divulgada por la mesa a lo largo de las negociaciones. Las acciones de las afiliadas de la ISP, escribiendo a sus respectivos gobiernos, celebrando reuniones, formando parte de comités de expertos, entre otras, reconfiguraron el artículo relativo al personal de la salud y cuidados. El borrador cero publicado en febrero de 2023 contenía sólo dos de las diez demandas identificadas como clave. Al año siguiente, el texto presentado en la 74ª AMS, cuando se reverdeció el artículo 7, contenía casi todas las reivindicaciones.

Se trata de una enorme demostración de poder de lxs trabajadores. A lo largo del camino, sindicatos de todas las regiones han enviado cartas y mantenido reuniones con sus respectivos gobiernos, preguntándoles las posiciones que llevarían a la mesa de negociación respecto a las disposiciones laborales y relacionadas con la equidad, y exigiéndoles que defendieran los puntos mencionados. Países de todas las regiones defendieron uno o varios puntos, lo que condujo a la mejora del artículo sobre el personal de la salud y cuidados.

Brecha de equidad: donde el Acuerdo se queda corto

Aunque el Acuerdo sobre Pandemias puede considerarse una victoria para lxs trabajadores en lo que respecta a las disposiciones relativas al personal de salud y al momento que atraviesan la OMS y el propio multilateralismo, el texto se queda corto en lo que se refiere a las disposiciones sobre equidad.

Recordemos que el texto de la Decisión SSA2 (5) por la que se estableció el INB expone las razones de una AP que incluye, adoptada a finales de 2021: "...abordar las deficiencias en la prevención, preparación y respuesta a las emergencias de salud, en particular en el desarrollo y distribución de contramedidas médicas como vacunas, terapias y diagnósticos, y en el acceso sin trabas, oportuno y equitativo a los mismos, así como en el fortalecimiento de los sistemas de salud y su resiliencia con miras a lograr la cobertura de salud universal". Es difícil argumentar que el texto aprobado por la 78ª AMS responde a las razones expuestas en dicha decisión.

Los artículos 9, "Investigación y desarrollo", 10, "Producción local sostenible y diversificada geográficamente", 11, "Transferencia de tecnología y cooperación en materia de conocimientos técnicos conexos para la producción de productos sanitarios relacionados con pandemias", y 12, "Sistema de acceso a patógenos y distribución de beneficios (PABS)", constituyen el núcleo de las disposiciones sobre equidad. Aparte del artículo 12, ninguno de los otros tres artículos aporta medidas vinculantes.

El artículo 9 se divide en cuatro pilares (1) creación de capacidades diversificadas de I+D, también en los países en desarrollo; (2) fomento de la colaboración en la investigación y el intercambio de información; (3) ensayos clínicos de productos relacionados con la pandemia; y (4) I+D financiada con fondos públicos. Este artículo es bastante débil: está lleno de las llamadas caveats (expresiones que suavizan las disposiciones) y otras lagunas que permiten a las Partes evitar la adopción de medidas más eficaces para cumplir los objetivos de los pilares. El artículo 10 exige que las Partes tomen medidas para cumplir tres objetivos: (i) lograr una distribución geográfica más equitativa y una rápida ampliación de la producción de productos sanitarios relacionados con la pandemia; (ii) aumentar el acceso sostenible, oportuno y equitativo a dichos productos; y (iii) minimizar las brechas entre la oferta y la demanda durante las emergencias pandémicas.

El artículo 10 "Diversificación de la capacidad productiva" conlleva un compromiso en virtud del apartado 2. Hace un llamamiento para reforzar la producción nacional y regional de productos sanitarios pandémicos en los países en desarrollo mediante el desarrollo de competencias, la creación de capacidad, la transparencia, la transferencia de tecnología, la inversión, las asociaciones, las iniciativas de la OMS y la adquisición local. Se garantizará una rápida ampliación de la producción durante las pandemias. Sin embargo, este compromiso tiene salvedades - "según proceda" y "sujeto a las leyes nacionales", que lo debilitan. Esto conlleva una lista de tres objetivos que las Partes deben alcanzar: (i) lograr una distribución geográfica más equitativa y una rápida ampliación de la producción de productos sanitarios relacionados con las pandemias; (ii) aumentar el acceso sostenible, oportuno y equitativo a estos productos; y (iii) minimizar las diferencias entre la oferta y la demanda durante las emergencias pandémicas.

El artículo 11 "Transferencia de tecnología y cooperación en conocimientos técnicos relacionados para la producción de productos sanitarios relacionados con las pandemias" fue uno de los más controvertidos. Exigió muchos esfuerzos de negociación. En virtud de este artículo, los países en desarrollo esperaban compromisos concretos sobre transferencia de tecnología. Sin embargo, los países desarrollados bloquearon cualquier lenguaje dirigido a mejorar el statu quo, oponiéndose especialmente a la cooperación en la "adopción e implementación" de "medidas con plazos". Al final, todas las referencias a la transferencia de tecnología se matizaron con "términos mutuamente acordados", de forma voluntaria. Se incluyó una nota a pie de página para dejar claro que los "términos mutuamente acordados" se entienden sin perjuicio del derecho de los gobiernos a utilizar medidas permitidas por el derecho internacional, como las licencias obligatorias, para facilitar la transferencia de tecnología. El texto tampoco ofrece nuevas soluciones para las barreras a la propiedad intelectual, más allá de confirmar el uso de las flexibilidades de los ADPIC.

El artículo 12 "Sistema de Acceso y Participación en los Beneficios de los Patógenos (PABS)" se convirtió en un anexo que se negociará por separado: los detalles operativos, incluidos el ámbito de aplicación y las definiciones, se anexarán a la AP mediante negociaciones posteriores. El artículo 12 es el único que aporta medidas vinculantes: hay una indicación clara sobre la garantía de un acceso equitativo a los productos sanitarios mediante contratos jurídicamente vinculantes firmados entre los fabricantes participantes y la OMS.

En términos prácticos, crea un sistema de la OMS para promover la distribución rápida y oportuna de "materiales e información sobre secuencias de patógenos con potencial pandémico" y en igualdad de condiciones. Cada fabricante participante pondrá a disposición de la OMS, en virtud de contratos jurídicamente vinculantes firmados con ella, un acceso rápido al 20% de su producción en tiempo real de vacunas, productos terapéuticos y diagnósticos (VTD), con un 10% fijo que se proporcionará como donación y el porcentaje restante, que dependerá de la naturaleza y la capacidad del fabricante, se reservará para la OMS a precios asequibles.

Conclusión

El Acuerdo sobre la Pandemia representa un hito histórico para lxs trabajadores de la salud, ya que demuestra el poder de la movilización sindical al transformar radicalmente las disposiciones relativas al personal de salud y cuidado, pasando de sólo dos de las diez reivindicaciones identificadas en el borrador inicial a casi todas las incluidas en el texto final. Sin embargo, el Acuerdo sigue estando por debajo de las expectativas en términos de equidad, ya que los artículos 9, 10 y 11 carecen de medidas vinculantes efectivas y están llenos de cláusulas de escape que permiten a los países eludir compromisos concretos en materia de transferencia de tecnología, diversificación de la producción y acceso equitativo a las tecnologías de salud. En este contexto, es esencial que las afiliadas sigan de cerca el desarrollo de las negociaciones sobre el Artículo 12 relativo al Sistema de Acceso y Participación en los Beneficios de los Patógenos, la única disposición verdaderamente vinculante en términos de equidad, al tiempo que intensifican sus esfuerzos para traducir las victorias obtenidas a nivel multilateral en agendas nacionales sólidas que garanticen la aplicación efectiva de los avances logrados en el ámbito del personal de salud.